La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), realiza en forma permanente procedimientos de fiscalización a los contribuyentes en base a las facultades atribuidas a esta entidad en la legislación peruana.
Ante esta situación, el abogado experto en Derecho Tributario, Luciano Gamarra, señala las siguientes recomendaciones para que sepas cuáles son tus derechos y qué información debes presentar ante cualquier solicitud de fiscalización notificado por la SUNAT:
1. Prepara tu respuesta con fundamento fáctico y técnico
Al recibir la notificación del requerimiento, debe analizarse si se cuenta con los documentos e información que se les está solicitando y el tiempo que le tomará conseguirlo y prepararlo. En caso considere que no será posible tener listos los documentos e información requeridos en el plazo otorgado mediante la notificación, puede solicitar de inmediato una prórroga del plazo, explicando los motivos de su solicitud.
2. Entrega toda la información que puedas
La SUNAT es muy rigurosa con la documentación de sustento de las operaciones. Por eso no piense que la empresa debe entregar sólo información básica, por ejemplo, contratos y facturas. La empresa fiscalizada debe ser rigurosa y presentar todo lo que se le solicita.
3. Puedes solicitar muestras en caso de que la información sea cuantiosa
Si a la empresa le piden mucha documentación e información, la empresa puede solicitar a la SUNAT que señale una muestra dentro del listado requerido, lo cual le permitirá cumplir con lo solicitado dentro del plazo correspondiente.
4. Puedes planificar una reunión con el auditor y su equipo
El objetivo de la empresa debe ser que sus respuestas a las observaciones de la SUNAT se entiendan con claridad. Si, por ejemplo, no basta con una explicación por escrito, se debe buscar una reunión para explicar su posición también de manera verbal, involucrando al auditor encargado, así como al supervisor y al resto del equipo de la SUNAT involucrado en la fiscalización.
5. Asegúrate de presentar toda la información que tengas dentro del proceso de fiscalización.
Antes de que se termine el proceso de fiscalización, la empresa debe asegurarse que ha presentado todas las pruebas que demuestran su posición, con el sustento adecuado y tener certeza que dichas pruebas han sido recibidas por la SUNAT. Para ello, es recomendable contar siempre con un cargo de presentación en el que se indique por escrito los documentos presentados, la fecha y hora de presentación.
Cuando el fiscalizador termine su trabajo y comunique al contribuyente los reparos (que pueden ser adiciones o deducciones tributarias) que hará, es importante conocer las consecuencias de las acciones que puede tomar la empresa:
- Si el contribuyente acepta los reparos y rectifica sus declaraciones de acuerdo con lo que le indique el fiscalizador, deberá pagar la deuda rectificada. De no realizar el pago, se emitirá la orden de pago correspondiente y se iniciará la cobranza coactiva. No podrá interponerse recurso de reclamación mientras no se pague la deuda o se presente carta fianza garantizándola.
- Si el contribuyente no acepta los reparos, se le notificará con el resultado de la fiscalización y posteriormente con las resoluciones de determinación y multa que corresponda. Este podrá impugnarlas mediante recurso de reclamación dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de notificación. La presentación de este recurso suspende los efectos de las resoluciones, significa que no se iniciará el procedimiento de cobranza coactiva hasta que la reclamación y posterior apelación no se hayan resuelto.
Dado que las fiscalizaciones tributarias se realizan a cualquier empresa y en cualquier momento, es importante que tengas un orden en tus documentos y, de ser necesario, asesorarte por un abogado tributarista, experto en impuestos, para tener un plan tributario y evitar futuras contingencias y multas.
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