El brote de coronavirus (COVID-19) está alterando casi todas las partes de la vida en los peruanos (y del mundo). Además de los temores por el contagio y la salud de sus seres queridos, es posible que se generen dudas sobre los derechos que tiene ante un despido. En ese sentido, a continuación la abogada Vanesa Vite, experta en Derecho Laboral, responde a algunas preguntas frecuentes que nos han estado enviando:

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1. Durante el estado de emergencia por COVID-19, ¿el empleador puede despedir a su trabajador?

No, el despido que tiene como causa el estado de emergencia nacional es ilegal y pasible de ser denunciado ante la Autoridad Administrativa de Trabajo, ya que el sentido de las normas laborales emitidas durante dicho estado de emergencia, buscan que se mantenga el vínculo laboral entre el trabajador y el empleador, aplicando medidas idóneas en momentos de crisis.

Al respecto, si el empleador no puede implementar el trabajo remoto y tampoco tiene la solvencia económica para aplicar a sus trabajadores la licencia con goce, puede adoptar otras medidas, con el consentimiento del trabajador, que busquen proteger el trabajo (por ejemplo, la reducción de sueldo y/o las horas de trabajo o compensar los días de licencia con el uso de vacaciones).

En caso de haber agotado las opciones anteriores, también se puede aplicar la “suspensión perfecta de labores” de manera excepcional, la cual implica que se interrumpe(se pone en pausa) las obligaciones del empleador y el trabajador; es decir, el empleador ya no tiene la obligación de realizar el pago de la remuneración al trabajador y éste ya no está obligado a prestar sus servicios. Esta medida estará vigente hasta 30 días calendario luego de terminada la vigencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19 declarada por el Ministerio de Salud (es decir, aproximadamente hasta el 9 de julio de 2020).

Ahora bien, los trabajadores que se encuentren dentro de la «suspensión perfecta de labores» cuentan con los siguientes beneficios:

Sobre la CTS:

  • Pueden retirar hasta una remuneración bruta mensual por cada mes calendario durante la “suspensión perfecta de labores”. Asimismo, el propio trabajador puede solicitarlo virtualmente (a través de internet) a las entidades depositarias de la CTS, pudiéndose realizar la transferencia a la cuenta que señale el trabajador.
  • Si no cuentan con saldo en la cuenta de CTS, pueden solicitar virtualmente (a través de internet) a su empleador el adelanto de pago de la CTS del mes de mayo 2020 y el de la gratificación de julio 2020.
  • Lo anteriormente indicado, es independiente a su derecho a retirar hasta S/. 2,400 soles de la CTS.

 

Sobre la AFP:

  • Pueden retirar hasta S/. 2,000 soles siempre y cuando no hayan aportado durante 6 meses consecutivos al 31 de marzo de 2020.

Sobre Essalud:

  • Aún cuando no cuenten con los aportes mínimos, pueden seguir atendiéndose en Essalud.

 

2. ¿En qué casos el empleador puede despedir y es legal?

El despido implica la terminación unilateral del contrato de trabajo por parte del empleador y será válida siempre y cuando sea por causa justa; las cuales están relacionadas con la capacidad y conducta del trabajador.

En ese sentido, en el contexto del estado de emergencia nacional, un trabajador puede ser sancionado incluso con el despido si es que durante el trabajo (presencial o remoto) comete una falta grave como causa justa de despido relacionada con su conducta.

3. Si he sufrido un despido injustificado ¿qué puedo hacer para denunciar y defender mis derechos?

Ante los casos de despidos injustificados durante el estado de emergencia nacional, se debe realizar la denuncia laboral de manera virtual en la web de la SUNAFIL, ingresando al botón “Denuncia virtual”. Para ello, se debe contar con el número de RUC y la razón social de la empresa a la que se va a denunciar. También, se puede llamar a la línea gratuita 0800-16872.

4. ¿Mi empleador puede despedirme por tener COVID-19?

No puede. Por ello, si un trabajador es contagiado con COVID-19 opera la licencia con goce pues tampoco resulta aplicable el trabajo remoto.

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15 Preguntas sobre Despido Arbitrario respondidas por abogados laborales

 
 

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