Muchas veces, luego de una separación que terminó en malos términos y donde hay hijos menores de edad de por medio, uno de los padres no permite que el otro vea o se comunique con los menores.
 

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Asimismo, muchas veces la madre o el padre que tiene la tenencia de los hijos, recurre a algunos mecanismos con el fin de poner a sus hijos en contra de su otro padre e incluso llegan a insultos, reclamos y quejas.

Frente a esta situación, es recomendable que los padres traten de llegar a un acuerdo pacífico, dado que los conflictos dañan emocionalmente a los hijos de por vida. Ellos no son “propiedad” de ninguno de los padres y dentro de sus derechos se encuentra tener un vínculo con ambos padres.

En consecuencia, para evitar dañar irremediablemente la estabilidad emocional de los hijos, es importante que durante el proceso de separación o divorcio queden establecidos temas como la patria potestad, la tenencia del menor, la pensión de alimentos y, sobretodo el régimen de visitas del padre que no convivirá con los hijos.
 

¿Qué es el régimen de visitas?

 
El régimen de visitas es un derecho y a la vez una obligación para el padre o la madre que no posee la tenencia de sus hijos.

A través de un régimen de visitas, el padre o la madre que no convive con los hijos, tiene derecho a visitarlos y, a través de un convenio de mutuo acuerdo o por disposición de un juez, se establece la frecuencia y la forma de las visitas al menor.

Si no se llegó a un acuerdo sobre este tema durante la separación o el divorcio, es probable que posteriormente haya conflictos sobre los derechos que cada padre tiene y podrían existir discusiones fuertes donde los mayores afectados serán los niños.

En caso los padres lleguen a un acuerdo sobre el régimen de visitas, es importante que regulen en el convenio con quiénes estarán los hijos en sus vacaciones o en fechas especiales como navidad, año nuevo, etc.

Recuerda que la solución nunca será algún tipo de medida abrupta como forcejear por el menor con tu ex pareja o llevártelo sin permiso. Esto solo generará mayores problemas legales a futuro.

Existen 2 vías correctas por las que un padre o una madre que haya sido impedido de ejercer su derecho de visitar a sus hijos, puede solucionar este complejo tema:
 

La Conciliación Extrajudicial

 
La primera vía es a través del diálogo y un mutuo acuerdo.

Si consideras que aún puedes resolver este tema por la vía pacífica y que es mejor que quede por escrito la solución a la que podrían llegar, es una muy buena idea intentar la forma más rápida y menos costosa, que es a través de una conciliación extrajudicial.

Tienes 2 formas de proceder en este caso: Dirigirte directamente a un centro de conciliación, con el fin de que citen al otro padre del menor hasta en dos fechas exactas y buscar llegar a un acuerdo conciliatorio con él o ella.

La otra opción es que ambos padres, en forma conjunta, vayan a firmar el acuerdo, al que previamente hayan llegado, en el centro de conciliación.

Debes considerar que el acuerdo conciliatorio tiene un valor similar a una sentencia judicial, por lo que, en caso la otra parte no cumpla, deberás ir a un proceso judicial para solicitar el cumplimiento. En ese sentido, es importante que te asesores con un abogado especialista en familia para que, en tu representación, logre un buen acuerdo conciliatorio con tu ex pareja.
 

Un Proceso Judicial

 
Considera que para llegar a este punto no es necesario haber pasado por una conciliación o el intento de una. Ya que existen casos donde es imposible hablar con la ex pareja y es necesario proceder rápida y directamente por la vía judicial.

Lo que sucederá en este caso es que será un juez quien establezca un régimen de visitas a favor del padre que no vive con sus hijos y recién será a partir de ese momento que en realidad se podrá exigir al padre que vive con los hijos, respete el tiempo de visita del otro.

En este proceso judicial, el juez fijará el régimen de visitas acorde al tiempo y edad de los hijos. En algunos casos, considerará también la opinión de ellos respecto al tiempo que quieren estar con su padre o madre que no tiene la custodia y tenencia. Además existirá una previa evaluación de un(a) psicólogo(a) del juzgado de familia. Finalmente el juez decidirá el tiempo al que el padre o la madre, que no tiene la tenencia, podrá pasar con sus hijos y quedará establecida su frecuencia (régimen de visita).
 

¿Cuáles son las modalidades de visitas?

 
En el Perú, el régimen de visitas, al igual que la tenencia, se determina en base al interés superior del niño; es decir, a lo que sea más favorable para la protección de sus derechos.

Estas modalidades de visitas pueden realizarse, considerando la edad del menor, de la siguiente forma:

1. Por el lugar donde se mantiene la visita:

  • Con externamiento: Bajo esta modalidad, se permite que el padre, durante la visita, pueda salir con su hijo fuera de la residencia habitual del menor.
  • Sin externamiento: Se establece que únicamente las visitas pueden realizarse dentro del lugar de residencia habitual del menor.

2. Por la seguridad del menor:

  • Visitas supervisadas: El padre o la madre que tiene la tenencia (o, en su ausencia, un familiar o un tercero de su confianza) se encontrará presente durante la visita del otro progenitor.
  • Visitas sin supervisión: El padre o la madre que no tiene la tenencia lleva a cabo el régimen de visitas sin estar obligado a la presencia de otro.

 

¿Necesito un abogado para obtener la tenencia?

 
No, no necesariamente.

Si tú y tu ex cónyuge tiene buena comunicación, entonces pueden llegar a un acuerdo de crianza de sus hijos y regular el tema de las visitas de forma privada (sin la intervención de ningún tercero).

En caso decidan poner por escrito dicho acuerdo, pueden hacerlo acercándose a un Centro de Conciliación para que se firme el acuerdo conciliatorio.

Considera que, incluso si tú y ex tu cónyuge están de acuerdo con todos los términos de su acuerdo, sería inteligente que cada uno de ustedes hiciera que un abogado revise el acuerdo antes de firmar.

Si no puedes llegar a un acuerdo con tu ex cónyuge y resolver todos los problemas por tu cuenta, sería mejor que cada uno de ustedes contrate a un abogado.

Tu abogado no solo se debe encargar de representarte y defender tus derechos, sino que también puede negociar en tu nombre y llegar a un acuerdo extrajudicial con tu ex pareja para no tener que recurrir a un juicio (que usualmente es muy tedioso).
 
 
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