Antes de tomar la decisión de iniciar un juicio para cobrar una deuda, debes decidir algunas cosas sobre tu caso.

Debes responder tres preguntas fundamentales y bastante obvias:

¿Tiene sustento mi caso?
¿Me siento cómodo con la idea de llegar a un acuerdo privado o resolverlo con la intervención de un conciliador sin ir a un juicio?
Suponiendo que una demanda es mi mejor o la única opción, ¿puedo cobrar si gano?

Si la respuesta a cualquiera de estas preguntas es no, probablemente no querrá demandar.
 

¿Tiene sustento mi caso?

Para que puedas determinar si tu caso tiene sustento o no, es útil saber que los abogados presentarán la demanda tomando en cuenta el tipo de deuda (por ejemplo, si se trata de un caso de incumplimiento de contrato con un contratista, un contrato de préstamo, un contrato de alquiler, etc.) y los elementos legales requeridos para cada caso. En ese sentido, es importante que sepas, en general, cuáles son los principales elementos legales:

1. Forma de la deuda: Debes demostrar que tienes un acuerdo o contrato con la otra parte. Si el acuerdo es por escrito, es fácil de probar la deuda.

Si no tiene un acuerdo por escrito, deberá demostrar que el acuerdo fue verbal o por medios electrónicos. Aquí serán muy importantes las pruebas que obtenga, dado que ellas demostrarán o acreditarán la existencia de la deuda. Por ejemplo, pueden servir como pruebas: las constancias de los depósitos o transferencias bancarias, correos electrónicos, facturas, cartas, etc.

2. Incumplimiento: Debes demostrar que la parte a quien demandarás no cumplió con sus obligaciones pactadas. Por ejemplo, si en un contrato de prestación de servicios, el contratista cumplió con los términos del contrato y, a pesar de ello, la otra parte no le pagó, entonces el contratista puede demandar a la contra parte por incumplimiento de contrato.

3. Daños y perjuicios: Debes demostrar que sufriste una pérdida económica como resultado del incumplimiento del contrato de la otra parte.

4. Deuda cuantificable: La deuda que pretendes reclamar por vía judicial debe ser un monto que se pueda determinar o cuantificar en términos económicos.
 

¿Hay alguna alternativa?

Incluso si decides que tu caso tiene sustento, no te apresures a ir al Poder Judicial para presentar una demanda. Primero, piense en formas de resolver tu disputa fuera de los tribunales.

Puedes hablar directamente con tu contra parte (oponente) e intentar negociar un acuerdo que beneficie a ambas partes o puedes ir a un Centro de Conciliación para que una tercera persona neutral (llamado conciliador) le ayude a usted y a su oponente a evaluar las opciones para encontrar una solución que funcione para todos.

Además, y especialmente si su contrato lo prevé, es posible que pueda someter su disputa a un Arbitraje. El Arbitraje es un proceso distinto al proceso judicial, en donde un árbitro resuelve un conflicto y su decisión tiene el mismo efecto que una sentencia emitida por un juez.
 

¿Puedo cobrar si gano?

Su respuesta a la tercera pregunta es increíblemente importante. No tiene sentido ganar el juicio y obtener una sentencia contra una empresa o persona que no tiene bienes ni dinero para pagarte. Por tal motivo, depende de usted identificar los activos que puede tomar de su deudor, dado que el juez no le brindará mucha ayuda para lograr el cobro de la deuda.

Usualmente, para poder saber si tu deudor es solvente, puedes solicitar en la SUNARP una búsqueda de bienes muebles o inmuebles que posee tu deudor. Este tipo de información te servirá para solicitar al juez un embargo sobre dichos bienes y, de esa forma, podrías asegurar la posibilidad de cobrar la deuda impaga cuando se acabe el juicio.

Adicionalmente, puedes verificar el reporte crediticio de tu deudor en las Centrales de Riesgo. Esto te dará una idea de la situación económica en la que se encuentra. Si en el reporte figuran muchas deudas vencidas y no pagadas, es probable que tu deudor se encuentre en situación de insolvencia.

Si no puede identificar ningún activo o alguna forma de pago de tu deudor, sugerimos que piense dos veces antes de demandar. Un juicio no tendría ningún valor para usted si la empresa o el individuo es insolvente, está quebrado o desaparece.
 
 

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