Descubra cómo la pandemia de coronavirus (COVID-19) y las órdenes de aislamiento y distanciamiento social pueden afectar las visitas y custodia de los hijos.
 

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Las reglas de aislamiento social por COVID-19


El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al COVID-19 una pandemia al haberse extendido en más de 100 países del mundo de forma simultánea.

Para evitar la propagación del COVID-19, el gobierno peruano declaró en estado de emergencia al Perú y dictó medidas de aislamiento social obligatorio.

La idea del aislamiento social obligatorio es evitar que las personas tengan contacto innecesario con otras, dado que los expertos médicos coinciden en que el distanciamiento físico es una forma en que podemos ayudar a retrasar la propagación de este virus. Estas medidas implican esencialmente que las personas deben permanecer en sus casas y únicamente pueden salir para realizar actividades esenciales (por ejemplo, salir a comprar alimentos o medicina, ir a las entidades financieras, entre otros).

Dentro de un núcleo familiar, la medida de aislamiento social puede ser simple, dado que implicaría que los padres e hijos sigan dentro de su casa. No obstante, cuando los padres están separados o divorciados, se complica la situación dado que habría dificultades para que el padre o madre (que no tenga la custodia) pueda movilizarse para visitar a sus hijos como normalmente lo hacía.
 

Estado de emergencia y régimen de visitas


No existen normas que regulen específicamente el régimen de visitas durante el estado de emergencia el cual terminará el 24 de mayo de 2020.

Sin embargo, considerando que la orden de aislamiento social obligatorio (dictada en el estado de emergencia) restringe la movilización de las personas, el padre que no tenga la custodia no podría continuar con las visitas a sus hijos como normalmente lo hacía.

En estas circunstancias, es vital que los padres mantengan un dialogo abierto y desde su lado más humano acuerden medidas alternativas considerando el interés superior de los niños.
 

¿Cómo afecta la pandemia de coronavirus a los acuerdos de custodia?


Aunque se levante el estado de emergencia, es altamente probable que se mantenga la regla de cumplir con el “distanciamiento físico”, que implica evitar el contacto cercano con otras personas, dado que es la recomendación de la OMS para evitar que continúe la propagación del COVID-19.

Si bien la regla del distanciamiento físico no afecta directamente las órdenes de custodia de los hijos, podría suceder que alguno de los padres solicite un plan alternativo o, incluso, un Juez cambie -de forma momentánea- la orden de custodia por motivo de que, por ejemplo, el padre que tiene la custodia presenta síntomas de COVID-19, estuvo expuesto con alguien con COVID-19 confirmado o tiene un trabajo de alto riesgo y muy expuesto al COVID-19.
 

¿Se debe suspender el derecho de visitas de los hijos durante la pandemia?


Esto va a depender de los acuerdos de los padres en cada situación en particular. Por ejemplo si el niño es extremadamente vulnerable al virus y padece ciertas enfermedades respiratorias (como asma, bronquios, etc.) o es menor de 4 años, sería oportuno suspender el derecho de visitas de uno de los padres para resguardar la salud del niño o disminuir las horas de visitas.

Si cree que la visita (del padre que no tiene la custodia) a sus hijos representa un riesgo para la salud de ellos, podría proponerle como alternativas:

  • Programar llamadas telefónicas diarias y/o “visitas virtuales” usando diversas herramientas como: videollamadas a través de whatsapp, Zoom, Hangouts de Google, entre otros medios digitales.

    Esta forma de comunicarse también podría ser en los horarios y fechas establecidas en el acta de conciliación o en la orden de régimen de visitas otorgadas por el Juez respetando con ello el vínculo del padre o madre (quien no tiene la custodia) con los hijos.

  • Posponer temporalmente las visitas en persona por un periodo de tiempo y programar visitas de recuperación para una fecha posterior.
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    ¿Qué sucede cuando los padres no se ponen de acuerdo?


    Si no puede resolver estos problemas por su cuenta, debe comunicarse con un abogado experto en derecho de familia para obtener asesoramiento: la mayoría de los abogados de derecho de familia continúan trabajando y están disponibles para consultas por teléfono o mediante servicios de reuniones virtuales.

    Si la salud de su hijo está realmente en un peligro inminente (alto riesgo), podría pedirle a un juez que intervenga. Usted o su abogado podrían obtener una orden de custodia temporal.

    Dado que esta pandemia de COVID-19 no tiene precedentes, a la fecha de hoy, no hay reglas específicas que los jueces de derecho de familia deban seguir para resolver las disputas de custodia o régimen de visitas en el momento de COVID-19; sin embargo, siempre se buscará privilegiar el interés superior del niño.
     
     
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